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Visado de nómada digital en Madrid: documentación, cita y particularidades

Cómo solicitar el visado nómada digital (DNV) en Madrid en 2026: requisitos económicos, documentos a apostillar y traducir, cita en la Oficina de Extranjería de Madrid y particularidades de la capital.

Madrid concentra el mayor volumen de solicitudes del Visado de Nómada Digital (DNV) de España. La razón es la mezcla de hub corporativo internacional —Google, Amazon, Microsoft, J.P. Morgan, McKinsey, IBM y decenas de multinacionales con sede europea en la capital— y de profesionales que llegan a teletrabajar desde Reino Unido, Estados Unidos, Alemania, Países Bajos y Países Nórdicos. Esta guía explica el proceso DNV en Madrid en 2026, los documentos que hay que apostillar y traducir y los matices propios de la ciudad.

El DNV en breve

El Visado de Nómada Digital se creó con la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups). Permite residir y trabajar legalmente en España trabajando para empresas extranjeras (sin contrato con empresa española) o como autónomo internacional. Es la opción más utilizada por nómadas digitales, profesionales remotos y freelance internacional.

Diferencias clave frente a otros visados:

  • NLV (no lucrativo): prohíbe trabajar para empresa española y no exige actividad profesional remota — vale para jubilados con rentas pasivas.
  • DNV: permite teletrabajar para empresas extranjeras o como freelance internacional, pero no para empresa española.
  • Golden visa: extinto (transformándose). Exigía inversión inmobiliaria > 500.000 €.

Requisitos económicos 2026

El criterio actual de Extranjería para el DNV:

  • Solicitante principal: ingresos mínimos de 200 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente. En 2026 esto equivale a unos 2.762 € mensuales / 33.144 € anuales.
  • Por cónyuge o pareja: +75 % del SMI = ~1.036 €/mes (12.432 €/año).
  • Por cada hijo dependiente: +25 % del SMI = ~345 €/mes (4.144 €/año).

Una familia de cuatro (titular + cónyuge + 2 hijos) necesita demostrar ~54.000 €/año disponibles.

Documentos a aportar — el paquete consular o desde España

Identidad

  • Pasaporte vigente al menos 6 meses.
  • Solicitud (formulario MITES) y fotos tamaño carnet.

Antecedentes penales

  • Certificado del país (o países) de residencia de los últimos 5 años.
  • Apostilla del organismo competente del país emisor.
  • Traducción jurada al español por traductor MAEC.

Para los orígenes más habituales en Madrid:

  • FBI Identity History Summary (EE. UU.) — apostilla del Department of State federal.
  • ACRO Police Certificate (Reino Unido) — apostilla del FCDO Milton Keynes.
  • B3 francéssin apostilla (Reg. UE 2016/1191).
  • Führungszeugnis (Alemania), Verklaring Omtrent het Gedrag (Países Bajos), Casellario Giudiziale (Italia)…

Salud

  • Certificado médico con la mención exacta al Reglamento Sanitario Internacional 2005 (RSI-2005).
  • Apostilla del país emisor (cuando aplica).
  • Traducción jurada al español. Detalle de los proveedores y formato exacto en la ficha técnica del certificado médico.
  • Seguro médico privado con cobertura completa, sin copagos ni carencias, autorizado en España.

Actividad profesional (la prueba clave para el DNV)

  • Si trabajas para empresa extranjera: contrato de trabajo (mínimo 3 meses de antigüedad con la misma empresa o cliente al solicitar) + carta del empleador autorizando el trabajo remoto desde España.
  • Si eres freelance internacional: contratos con varios clientes (al menos uno de fuera de España), justificante de actividad continuada y facturación.
  • En ambos casos: la empresa o clientes deben llevar operando ≥1 año.
  • Titulación universitaria (grado o equivalente) O experiencia profesional demostrable de al menos 3 años en el sector.

Medios económicos

  • Extractos bancarios, declaraciones de la renta del país de origen (1040 USA, SA302 UK, avis d'imposition FR, etc.).
  • Justificantes de ingresos por la actividad profesional.

Alojamiento en Madrid

  • Contrato de alquiler en Madrid (zona urbana o periferia) o escritura si has comprado.
  • Empadronamiento si lo gestionas desde España (no obligatorio antes del visado).

Las dos vías de tramitación

Vía A — Solicitud desde el consulado de España en tu país

Tradicional. Tras la concesión, llegas a España con visado de 1 año y solicitas el TIE en Extranjería en los 30 días siguientes a la entrada.

Vía B — Solicitud desde España (más rápida)

La Ley de Startups creó una vía rápida: solicitas directamente desde España la autorización de residencia DNV ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE) del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La UGE-CE tiene sede en Madrid (Calle José Abascal 39).

Plazos UGE-CE: 20 días naturales (mucho más rápido que los 1-3 meses consulares). Resolución por silencio positivo en muchos casos.

La vía B es la más utilizada en Madrid porque:

  • No requiere viajar al país de origen para tramitar visado consular.
  • La UGE-CE tiene sede en la propia ciudad.
  • El plazo es notablemente más corto.
  • Permite estar en España con visado turista o transición desde otra modalidad mientras se resuelve.

La Oficina de Extranjería en Madrid

Para los trámites posteriores (TIE, renovaciones, modificaciones, reagrupación), la Oficina de Extranjería de Madrid depende de la Subdelegación del Gobierno. Sus particularidades:

  • Calle García de Paredes, 65 (sede principal).
  • Cita previa: el sistema está muy saturado en Madrid; las citas se liberan martes y jueves entre 8-10h y se agotan en minutos.
  • TIE para DNV: se solicita en los 30 días posteriores a la entrada en España (Vía A) o tras la resolución UGE-CE (Vía B).
  • Sede electrónica: las renovaciones y modificaciones se pueden tramitar 100% online con certificado digital.

Validez del DNV y renovaciones

  • Inicial: 3 años (en Vía B desde España) o 1 año (Vía A desde consulado, prorrogable a 3 años con autorización).
  • Renovación: 2 años + 2 años.
  • A los 5 años de residencia legal continuada: residencia permanente.
  • A los 10 años: nacionalidad española por residencia (para nacionales de países sin convenio de doble nacionalidad: renuncia formal a la nacionalidad anterior).

Ventajas fiscales: el régimen Beckham para DNV

Los titulares de DNV pueden acogerse al régimen especial de tributación de impatriados (Ley del IRPF, comúnmente "régimen Beckham"), que permite tributar como no residente durante el primer año + 5 años siguientes:

  • Tipo fijo del 24 % sobre las rentas españolas (hasta 600.000 €).
  • No se tributa por las rentas de fuente extranjera (excepto rendimientos del trabajo).

Es uno de los mayores atractivos del DNV en Madrid: combinado con el coste de vida vs Londres o Nueva York, el ahorro fiscal es significativo. Para acogerse hay que solicitarlo en los 6 meses siguientes a la alta en la Seguridad Social, presentando el modelo 149.

Traducción jurada: qué hacemos en Textualia

Trabajamos con expedientes DNV de Madrid todos los meses. Cubrimos:

  • Antecedentes penales del país de origen + apostilla.
  • Certificado médico RSI-2005 + apostilla.
  • Birth certificate / acta de nacimiento + apostilla (para dependientes).
  • Marriage certificate + apostilla (para cónyuge dependiente).
  • Pasaporte (página biográfica).
  • Contrato laboral o contratos freelance.
  • Carta del empleador.
  • Tax returns y extractos bancarios.

Entregamos PDF firmado electrónicamente con plena validez ante UGE-CE y consulados de España. Plazo estándar 3-5 días laborables, urgente 24-48 h con recargo. Si tu cita en UGE-CE es esta semana, ajustamos plazo.

Errores frecuentes en expedientes DNV en Madrid

  1. Apostillar el FBI background check en el Secretary of State estatal en lugar del Department of State federal (el FBI es federal).
  2. Certificado médico sin mención al RSI-2005: muchos MDs emiten un "fitness to travel" genérico que UGE-CE rechaza.
  3. Antigüedad <3 meses con la empresa actual: el DNV exige relación laboral o contractual mínima de 3 meses al solicitar.
  4. Empresa empleadora con <1 año de antigüedad en su jurisdicción.
  5. No solicitar el régimen Beckham en plazo (6 meses desde alta SS).
  6. Solicitar TIE pasados los 30 días desde entrada por Vía A: implica re-solicitud.

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