Traducción jurada de inglés a español

Traducciones juradas de documentos en inglés realizadas por traductoras habilitadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC). Aceptadas por administraciones públicas, juzgados, universidades, notarías y registros en toda España.

Traductores juradosHabilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores

Desde 20 € / página · Sin comisiones de agencia

  • Traducciones juradas con plena validez legal ante administraciones, juzgados, universidades y notarías
  • Especialistas en documentos de UK, Estados Unidos, Irlanda y otros países de habla inglesa
  • Entrega estándar en 72 h. Urgente en 24 h. Express en 12 h
  • Firma electrónica oficial con plena validez legal · Copia impresa opcional
  • Tratamiento confidencial · Eliminación de archivos tras la entrega
Habilitados por el Ministerio5.0 en GooglePago seguro Stripe

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Tratamiento confidencial. Tus documentos solo se utilizan para preparar la traducción jurada y se eliminan tras la entrega.

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EN DETALLE

Traducción jurada inglés-español: qué es y cuándo la necesitas

Una traducción jurada es la versión oficial en español de un documento emitido originalmente en inglés. La firma y el sello de una traductora jurada habilitada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC) le otorgan plena validez legal ante cualquier administración pública, juzgado, universidad, notaría o registro en España.

No se trata de una traducción cualquiera. Es la única forma admitida en procedimientos oficiales cuando el documento original está redactado en una lengua distinta del castellano. Una traducción profesional sin la habilitación del MAEC, aunque sea técnicamente correcta, no es válida para trámites administrativos.

Cuándo necesitas una traducción jurada de inglés

Los trámites más habituales que requieren traducción jurada de documentos en inglés son:

  • Obtención del NIE y de la residencia para ciudadanos británicos, estadounidenses, irlandeses, canadienses y de otros países de habla inglesa que se establecen en España
  • Solicitud de la nacionalidad española por residencia, donde se exige la traducción jurada de los antecedentes penales, certificado de nacimiento y, en su caso, certificado de matrimonio
  • Homologación de títulos universitarios obtenidos en universidades del Reino Unido, Estados Unidos, Irlanda, Australia y otros países anglosajones ante el Ministerio de Universidades
  • Inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero en el Registro Civil español
  • Reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras (incluyendo el Decree Absolute británico) para inscribir el estado civil en España
  • Sucesiones internacionales y herencias cuando existen bienes o herederos entre España y un país de habla inglesa
  • Adopciones internacionales, donde toda la documentación procedente del país de origen requiere traducción jurada
  • Contratos y documentos mercantiles entre empresas españolas y angloparlantes

Si no estás seguro de si tu documento requiere traducción jurada, podemos asesorarte antes de aceptar el encargo. Cada trámite tiene sus propios requisitos y, en ocasiones, una traducción simple es suficiente.

Documentos que traducimos

Realizamos traducciones juradas de inglés al español de toda clase de documentos oficiales:

Documentos personales y civiles Certificados de nacimiento, matrimonio, defunción, soltería, divorcio, antecedentes penales (Criminal Record Certificate, DBS Check, FBI Identity History Summary), libros de familia, pasaportes, permisos de conducir.

Documentos académicos Títulos universitarios, expedientes académicos, diplomas, certificados de estudios, transcripts, cartas de recomendación, certificados de inglés (Cambridge, TOEFL, IELTS) cuando son requeridos por administraciones.

Documentos judiciales y notariales Sentencias de divorcio (incluido el Decree Absolute), resoluciones judiciales, poderes notariales (Power of Attorney), escrituras, testamentos (Will and Testament), apostillas de La Haya.

Documentos mercantiles y corporativos Contratos, estatutos sociales, escrituras de constitución, cuentas anuales, certificados del Companies House, acuerdos de confidencialidad, escrituras de compraventa.

Si tu documento no aparece en esta lista, lo más probable es que también podamos traducirlo. Cualquier documento en inglés con efectos legales en España puede ser objeto de traducción jurada.

Cómo es nuestro proceso

Trabajamos 100 % en línea. No necesitas desplazarte ni entregar el original.

  1. Solicitas presupuesto subiendo el documento o indicando el número de páginas en el cotizador. Recibes el precio definitivo al instante, sin compromiso.
  2. Confirmas el encargo seleccionando el plazo (estándar 72 h, urgente 24 h o express 12 h) y realizando el pago online de forma segura.
  3. Trabajamos la traducción respetando la estructura, el formato y los elementos gráficos del documento original.
  4. Recibes la traducción jurada firmada electrónicamente en el plazo acordado, con plena validez legal en formato digital. Si tu trámite requiere copia en papel, te la enviamos por mensajería.

La firma electrónica oficial tiene la misma validez legal que la firma manuscrita, conforme al Reglamento eIDAS de la Unión Europea, y es aceptada por la práctica totalidad de las administraciones españolas.

Por qué elegirnos

Trato directo con la traductora jurada. No somos una agencia que subcontrata. Trabajas directamente con profesionales habilitadas por el MAEC, sin intermediarios y sin comisiones añadidas.

Especialización exclusiva en traducción jurada. No ofrecemos traducciones generales, publicitarias, técnicas ni audiovisuales. Dedicamos todo nuestro trabajo a una sola cosa: traducir con validez legal documentos oficiales. La especialización es la garantía de calidad.

Plazos reales, no estimaciones. Cuando te decimos que la entrega es en 24 horas, son 24 horas. No "hasta cinco días hábiles" ni plazos abiertos sujetos a disponibilidad. Los plazos forman parte del compromiso del servicio.

Conocimiento del proceso administrativo español. Acompañamos cada año a decenas de británicos, estadounidenses, irlandeses y residentes de otros países anglosajones en sus trámites en España. Sabemos qué exige cada administración, qué documentos requieren apostilla previa y qué formato espera cada organismo.

Tarifa transparente. 20 € por página con un mínimo de 35 €. Sin recargos por especialidad, sin tarifas distintas según el tipo de documento, sin sorpresas. El presupuesto que ves en el cotizador es el precio final.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas sobre la traducción jurada de inglés

¿Qué diferencia hay entre una traducción jurada y una traducción certificada?

En España, el término oficial es traducción jurada. La realizan exclusivamente las traductoras e intérpretes jurados habilitados por el MAEC y tienen plena validez legal ante todas las administraciones.

El término certified translation se usa habitualmente en países anglosajones (Reino Unido, Estados Unidos, Canadá), donde el sistema es distinto: una traducción certificada suele ser una declaración de exactitud firmada por la traductora, sin habilitación oficial estatal. En España, una certified translation no tiene los mismos efectos legales que una traducción jurada.

Si una administración española te pide una "traducción oficial", "traducción jurada" o "traducción certificada por traductor jurado", se refiere siempre al mismo documento: una traducción jurada realizada por una traductora habilitada por el MAEC.

¿La traducción jurada caduca?

La traducción jurada en sí misma no caduca. Lo que puede caducar es el documento original que ha sido traducido. Por ejemplo, un certificado de antecedentes penales emitido por la autoridad británica suele tener una validez de 3 meses ante la administración española. Cuando ese documento original deja de ser válido, la traducción que lo acompaña también pierde su utilidad, no porque la traducción haya caducado, sino porque el documento original ya no sirve para el trámite.

Para asegurarte, conviene gestionar la traducción jurada una vez tengas el documento original reciente y dentro de su periodo de validez ante la administración correspondiente.

¿Puedo usar la traducción para más de un trámite?

Sí. Una traducción jurada es válida para tantos trámites como necesites mientras el documento original siga siendo válido. No es una traducción "asociada" a un único expediente. Puedes presentar la misma traducción jurada de tu certificado de nacimiento, por ejemplo, para el NIE, para el matrimonio civil y para la solicitud de nacionalidad, sin necesidad de encargar una nueva cada vez.

Conviene guardar una copia digital original y, si entregaste copias impresas, contar con copias adicionales para no quedarte sin documentación durante el trámite.

¿Vale la traducción en formato digital o tengo que presentar papel?

Desde 2020 las traducciones juradas pueden firmarse electrónicamente con plena validez legal, conforme al Reglamento eIDAS. La práctica totalidad de las administraciones públicas españolas aceptan la versión digital firmada electrónicamente.

No obstante, algunas administraciones todavía exigen copia en papel en sus procedimientos presenciales o registros físicos. Para evitar problemas, ofrecemos siempre la posibilidad de añadir una copia impresa enviada por mensajería con un coste adicional reducido.

Si tienes dudas sobre el formato que admite tu trámite concreto, podemos orientarte antes de aceptar el encargo.

¿Necesito apostillar el documento antes o después de la traducción?

Antes. La Apostilla de La Haya debe estar ya estampada en el documento original cuando se realiza la traducción jurada. La traductora traduce el documento completo, incluida la apostilla, en un único acto.

Si el documento procede de un país firmante del Convenio de La Haya (Reino Unido, Estados Unidos, Irlanda y la mayoría de países europeos), la apostilla la solicita directamente la autoridad emisora antes de enviarte el documento a España. En el Reino Unido, por ejemplo, se solicita ante el Foreign, Commonwealth & Development Office (FCDO).

Si por error nos envías un documento sin apostillar y la administración española la exige, la traducción se podría tener que repetir para incorporar la apostilla. Mejor consultarnos en caso de duda.

¿Qué pasa si una administración rechaza la traducción jurada?

Las traducciones juradas habilitadas por el MAEC son aceptadas por todas las administraciones públicas españolas. Si en algún caso una administración solicitase aclaraciones, correcciones formales o un formato específico, lo corregimos sin coste adicional. Forma parte de nuestro compromiso de servicio.

En la mayoría de los casos los problemas no proceden de la traducción jurada en sí, sino del documento original (apostilla pendiente, documento caducado, copia simple cuando se requería compulsada, etc.). Cuando esto ocurre, te orientamos para resolver el problema rápidamente.

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