Miles de personas vienen cada año a dar clase de su idioma en un colegio o instituto español. Y casi todas descubren lo mismo a mitad del proceso: que la carta de admisión al programa no abre la puerta, porque el visado es otro expediente, con otra lista y otro organismo.
Esta guía separa las dos cosas y se centra en los documentos que hay que apostillar y traducir, que es donde se pierde el tiempo y el dinero.
Dos expedientes, dos organismos
| Quién resuelve | Qué mira | |
|---|---|---|
| Admisión al programa | El Ministerio de Educación, por convocatoria | Nacionalidad, estudios, declaración responsable, certificado de delitos sexuales |
| Visado de estudios | El consulado español de tu país | Documentación consular: antecedentes penales, certificado médico, seguro, medios |
La confusión viene de que los dos piden «antecedentes», y no son el mismo documento ni se piden igual.
La convocatoria del programa exige disponer de un certificado negativo de delitos de naturaleza sexual, que puede reclamarse en cualquier fase del proceso y que quienes renuevan solicitan a la policía española. También pide una declaración responsable —el Anexo I— en la que confirmas que no padeces una enfermedad que te impida ejercer las funciones del puesto.
El consulado, en cambio, pide antecedentes penales generales del país o países donde hayas vivido, y en muchos casos un certificado médico. Son documentos distintos, con emisores distintos.
El visado: de estudios y de larga duración
Si vas a estar más de 90 días —y un curso escolar lo supera— necesitas obtener previamente un visado de larga duración de estudios. No es un trámite que puedas resolver al llegar. Lo que cubre y con qué documentación, en el visado de auxiliares de conversación.
El plazo importa. El consulado de España en Nador publica, para visados de auxiliares, un plazo de resolución de 38 días. No es una cifra universal: cada consulado publica el suyo. Pero da la escala, y explica por qué los documentos tienen que estar listos semanas antes de volar, no la semana anterior.
La trampa de los antecedentes penales
Aquí está el punto que más veces obliga a repetir el trámite, y conviene leerlo con atención.
El consulado de España en Washington pide, además del certificado del país de nacionalidad, los certificados de antecedentes penales de todos los países en los que hayas residido más de seis meses en los últimos dos años. Cada uno con su apostilla de La Haya y, en su caso, traducción jurada al español.
Traducido a casos reales:
- Hiciste un año de Erasmus en Alemania y vuelves a Estados Unidos a solicitar: dos certificados, dos apostillas, dos traducciones.
- Trabajaste dieciocho meses en Irlanda antes de volver a casa: dos países, dos expedientes documentales.
- No has salido de tu país en dos años: uno solo. Es el caso fácil, y es menos frecuente de lo que parece.
Y si el país que emite el certificado no es parte del Convenio de La Haya, la vía no es la apostilla: hay que legalizar el documento en el Ministerio de Asuntos Exteriores de ese país y después en la embajada o el consulado de España allí. Son más pasos y más semanas.
Qué es exactamente ese documento y cómo se pide, en la traducción jurada de antecedentes penales. Y si tu certificado viene de Estados Unidos, la apostilla tiene una particularidad propia que conviene conocer antes: apostilla federal o estatal.
El certificado de delitos sexuales no es lo mismo
Merece su propio párrafo porque se confunde constantemente con el anterior.
Vas a trabajar con menores, así que además de los antecedentes penales generales entra en juego la acreditación específica de no haber sido condenado por delitos de naturaleza sexual. En España existe un registro propio para esto y el documento es distinto. Lo explicamos en el certificado de delitos sexuales para trabajar con menores.
Si renuevas y ya estás en España, ese certificado se pide a la policía española. Si llegas por primera vez, revisa en tu convocatoria y en tu consulado qué documento admiten como equivalente del tuyo.
El orden que ahorra dinero
Para cada documento, siempre el mismo orden:
- Consigue el certificado del organismo que lo emite, completo y reciente.
- Apostíllalo o legalízalo, según el país.
- Tradúcelo al español, con traducción jurada, cuando ya lleva la apostilla.
Invertir los pasos 2 y 3 es el error caro: la apostilla es texto, y una traducción hecha antes de que llegue deja el documento incompleto. El porqué, con más detalle, en apostilla de La Haya y traducción jurada.
Un apunte sobre el título universitario: la convocatoria admite estar cursando la titulación o tener superado al menos el segundo curso, así que a muchos candidatos no les hace falta traducir el título todavía. Si tu consulado sí lo pide, ahí está la traducción del título universitario.
Antes de encargar nada, dos comprobaciones
La convocatoria vigente. Los requisitos de un curso no tienen por qué repetirse en el siguiente, y las plazas dependen de que exista convenio bilateral con tu país. Lee la convocatoria del curso al que optas, no la del año pasado.
Tu consulado. La lista de documentos, el plazo y la forma de presentación los fija el consulado que te corresponde, y varían. Lo que publique tu consulado manda sobre cualquier guía general, esta incluida.
Con esas dos cosas delante, ya sabes cuántos certificados necesitas y de qué países. Y ese es el dato con el que se presupuesta una traducción.
Envíanos los certificados completos —con su apostilla— y el consulado al que van dirigidos, con tu fecha de cita, y te decimos precio y plazo exactos.