Las sucesiones internacionales entre Estados Unidos y España son cada vez más frecuentes: estadounidenses con segunda vivienda en la costa mediterránea, españoles emigrados que fallecen en EE.UU. con familia en España, parejas binacionales con patrimonio repartido. La gestión es perfectamente viable, pero requiere coordinar dos sistemas jurídicos muy distintos: el probate americano (heredado del common law) y la sucesión notarial española (derecho continental).
Esta guía explica el flujo documental, qué traducciones se requieren y cómo encadenar el probate americano con la adjudicación española.
Las dos lógicas jurídicas que se cruzan
El sistema americano: probate
En Estados Unidos, cuando alguien fallece con bienes a su nombre, la sucesión pasa típicamente por un probate court (tribunal sucesorio) del estado de residencia del causante. El tribunal:
- Valida el testamento (will) o aplica las reglas de intestate succession.
- Nombra un personal representative (executor si hay will, administrator si no): la persona encargada de gestionar la sucesión.
- Emite las letters testamentary (con will) o letters of administration (sin will): el documento oficial que acredita los poderes del representante.
- Supervisa la liquidación: inventario, pago de deudas, impuestos federales (IRS Form 706 si supera el umbral federal), distribución a los herederos.
- Cierra la sucesión cuando todo se ha distribuido.
Algunos estados (California, Florida, Texas) permiten probate simplificado o trust-based succession que evita el probate completo si el patrimonio está en un revocable living trust.
El sistema español: sucesión notarial
En España la sucesión se tramita ante notario público español (no ante juez, salvo herencia conflictiva). El proceso es:
- Certificado de defunción (en el caso del causante español).
- Certificado de últimas voluntades (Ministerio de Justicia) — para saber si hay testamento en España.
- Testamento o declaración de herederos abintestato si no hay testamento.
- Inventario y avalúo de los bienes.
- Escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario.
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones (cedido a las CCAA con regímenes muy diversos).
- Inscripción en el Registro de la Propiedad del cambio de titularidad.
El marco jurídico que conecta ambos sistemas
Para sucesiones internacionales con conexión española, el Reglamento (UE) 650/2012 (Reglamento de Sucesiones Europeo) establece la ley aplicable y la competencia internacional. Aunque EE.UU. no es Estado miembro, el Reglamento UE se aplica cuando hay bienes en España:
- Por defecto, la ley aplicable es la de la residencia habitual del causante al momento del fallecimiento (sea Estados Unidos o España).
- El causante puede haber otorgado professio iuris (elección de ley) eligiendo la ley de su nacionalidad si la quería distinta. Por ejemplo, un estadounidense con bienes en España que en su will eligió expresamente la ley americana de su estado.
- Si la ley aplicable es la americana, se aplica el derecho sucesorio del estado del causante a los bienes españoles. El notario español tiene que conocer y aplicar el derecho del estado americano correspondiente.
Documentos americanos que se traducen para España
Cuando hay bienes en España, el expediente notarial español necesita ver el documento americano que acredita la legitimación del personal representative y el contenido de la sucesión. Los documentos clave:
Para sucesión con testamento (testate)
- Will (testamento) original, con los apostillamientos y certificaciones del tribunal estadounidense.
- Letters testamentary emitidas por el probate court — acreditan que el executor está autorizado a actuar.
- Order admitting will to probate (auto del tribunal admitiendo el will).
- Certified copies del will y de las letters, apostilladas.
- Death certificate del causante.
Para sucesión sin testamento (intestate)
- Letters of administration emitidas por el probate court.
- Court order estableciendo los herederos legales según ley estatal.
- Death certificate.
Documentación complementaria
- Inventory del patrimonio americano si afecta a la liquidación impuestos en España.
- Estate tax return (IRS Form 706) si se quiere acreditar lo pagado al fisco federal.
- Affidavit of heirship (en algunos estados con sucesión simplificada).
Apostilla y traducción jurada
Apostilla
Todos los documentos del probate son emitidos por el tribunal estatal (probate court del estado del causante), por lo que la apostilla la pone el Secretary of State del estado correspondiente. No es apostilla federal — esto es un punto donde se equivocan muchos. Detalles en nuestra guía de apostilla US federal vs estatal.
Excepción: el death certificate lo emite el state vital records (estatal), también apostilla estatal.
Traducción jurada al español
Cada documento americano + su apostilla se traduce por traductor-intérprete jurado habilitado por el MAEC. El notario español no aceptará otras traducciones. En el catálogo de Textualia tenemos:
- Traducción jurada de sentencias y resoluciones judiciales — para court orders y letters testamentary.
- Traducción jurada de escrituras notariales — para wills notariados y trust agreements.
- Traducción jurada de poderes notariales — para los poderes que el executor otorga a abogados o gestores españoles.
Proceso paso a paso
| Paso | En EE.UU. | En España |
|---|---|---|
| 1 | Petición de probate ante el tribunal estatal | — |
| 2 | Nombramiento de personal representative | — |
| 3 | Obtención de letters testamentary / of administration | — |
| 4 | Apostilla estatal de los documentos clave | — |
| 5 | Traducción jurada al español de todos los documentos | — |
| 6 | — | Solicitud de certificado de defunción español (si hay registro) |
| 7 | — | Solicitud del certificado de últimas voluntades del Ministerio de Justicia |
| 8 | — | Tasación de los bienes españoles (vivienda, cuentas, sociedades) |
| 9 | — | Cita con notario español para la escritura de aceptación y adjudicación |
| 10 | — | Comparecencia del executor (o de su apoderado) y de los herederos |
| 11 | — | Liquidación del Impuesto de Sucesiones (6 meses desde fallecimiento) |
| 12 | — | Inscripción en el Registro de la Propiedad |
Plazo total desde el inicio del probate hasta la inscripción en Registro español: 6-18 meses según complejidad.
El Impuesto de Sucesiones español
Cada Comunidad Autónoma tiene su régimen propio:
- Madrid, Andalucía, Cantabria, Galicia: bonificación del 99 % para parientes directos (Grupos I y II). Casi se paga cero.
- Cataluña, Asturias, Comunidad Valenciana: tributación moderada para parientes directos, gravosa para colaterales.
- Algunas Comunidades tienen reglas específicas para no residentes que cambiaron tras la STJUE 3/9/2014.
El plazo para liquidar es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses si se solicita en plazo. Pasado el año, hay recargo e intereses.
Si el causante o los herederos no son residentes fiscales en España, la competencia es de la Agencia Tributaria estatal (no de la Comunidad Autónoma), salvo que tributariamente se opte por la CCAA donde radican los bienes (opción introducida tras la STJUE 2014).
Errores frecuentes en sucesiones US-España
- Asumir que el will americano basta sin probate. Algunos herederos creen que con tener el will original ya pueden ir al notario español. No: España exige las letters testamentary del tribunal americano. Sin el probate, el will no opera.
- Apostillar las letters en el Department of State federal. Son emitidas por un state court → apostilla estatal del Secretary of State, no federal.
- No solicitar el certificado de últimas voluntades español. Si el causante otorgó testamento ante notario español (incluso uno olvidado de hace años), tendrá precedencia y la sucesión se tramita con él. Hay que pedir este certificado obligatoriamente.
- Pasar del plazo de 6 meses del Impuesto de Sucesiones. Genera recargo. Si no se va a llegar, hay que solicitar la prórroga dentro de los 5 primeros meses.
- Confundir el régimen económico matrimonial con la sucesión. En estados americanos de "community property" (California, Texas, Arizona, etc.) la mitad del patrimonio ya es del cónyuge sobreviviente antes incluso de heredar. Esto afecta a lo que se traduce y a la adjudicación.
- Trust documents sin traducir. Si el patrimonio americano está en un revocable living trust (figura muy común en California), el notario español necesita el trust agreement traducido para entender la estructura.
Bienes españoles típicos en sucesiones US
- Vivienda en la costa (Málaga, Alicante, Baleares, Canarias) — el más común.
- Cuentas bancarias en bancos españoles del causante.
- Participaciones en sociedades españolas (suelen requerir traducción del will completo para inscripción en el Registro Mercantil).
- Acciones de empresas españolas cotizadas (gestionadas por broker).
Cada tipo de bien tiene su trámite registral específico, pero todos requieren la escritura de adjudicación ante notario español + traducción jurada del paquete americano.
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