Traducción jurada para extranjería: qué documentos necesitas
Cuando se inicia un trámite ante la oficina de extranjería, prácticamente cualquier documento que venga de fuera y no esté en español tiene que entregarse con su traducción jurada. Aquí te resumimos qué se pide en los trámites más habituales y qué exigencias debes cumplir para no perder tiempo.
La regla general
La administración española aplica un principio sencillo: todo documento extranjero que se aporte a un expediente debe estar en español. Si no lo está, hace falta:
- Apostilla de La Haya o legalización diplomática del documento original (según el país de origen).
- Traducción jurada al español del documento y de la apostilla, firmada por un traductor habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español (MAEC).
Una traducción "certificada" hecha por una agencia o por un traductor no jurado no es válida ante extranjería.
Documentos por trámite
A continuación, los documentos típicos que aparecen con más frecuencia.
Residencia (inicial, no lucrativa, por arraigo, por estudios):
- Pasaporte (cuando se exige traducción de páginas concretas).
- Certificado de antecedentes penales del país de origen.
- Certificado de matrimonio o nacimiento si aporta documentación de familia.
- Justificantes de medios económicos del país de origen (extractos bancarios, certificados de pensión, etc.).
Reagrupación familiar:
- Certificado de matrimonio o pareja de hecho.
- Certificados de nacimiento de los hijos.
- Sentencia de divorcio o custodia (si procede).
- Certificado de defunción del cónyuge anterior (en su caso).
Nacionalidad española por residencia:
- Certificado de nacimiento literal.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen.
- Otros documentos del estado civil que aporten al expediente.
NIE para extranjeros no comunitarios (cuando se acompaña documentación):
- Documentos justificativos del motivo del NIE en español, ya sea por traducción jurada o por documentación original ya emitida en español.
Errores que ralentizan el expediente
La oficina de extranjería rechaza expedientes con frecuencia por errores que son fáciles de evitar:
- Apostillar después de traducir. La apostilla se pone sobre el documento original, no sobre la traducción. Si traduces antes, tendrás que traducir también la apostilla después.
- Traducir solo el documento sin la apostilla. La apostilla es parte del documento oficial y también debe traducirse.
- Usar traducciones no juradas. Una traducción de agencia genérica o "certificada" no vale.
- Documentos caducados. Muchos certificados (antecedentes penales, por ejemplo) tienen una validez de 3-6 meses. Una traducción jurada de un documento caducado no resucita el documento.
Plazos y consejos
Para evitar sustos, te recomendamos:
- Calcula con margen: del país de origen al expediente entregado en España suele pasar 1-2 meses entre obtener el documento, apostillarlo y traducirlo.
- Prepara una lista clara de los documentos que pide tu trámite concreto antes de empezar.
- Pide la traducción en PDF firmado electrónicamente. Es válida para la gran mayoría de oficinas y te evita esperar mensajería.
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