Traducción jurada para el visado de trabajo por cuenta ajena
Traducimos al español los documentos que pide tu autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: título, certificados profesionales y antecedentes penales apostillados. Firma de traductor jurado habilitado por el MAEC, para inglés-español y francés-español.
- Traducción jurada oficial con plena validez legal en España
- Válida para trámites ante organismos oficiales en España
- Plazos estándar, urgente y express disponibles · Fecha de entrega exacta antes de pagar
- Tratamiento confidencial de tus documentos
- Correcciones formales incluidas si el organismo lo solicita
En qué consiste el visado de trabajo por cuenta ajena
La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es la vía para trabajar en España con un empleador que te contrata. A diferencia del nómada digital o del no lucrativo, aquí hay una empresa española detrás: por norma es ella quien inicia la solicitud, presenta la oferta de empleo y acredita que cumple los requisitos para contratarte. La tramita la Oficina de Extranjería, o la UGE cuando el empleador es una gran empresa. Concedida la autorización, recoges el visado en el consulado de tu país y entras en España para activar la residencia.
Dentro de ese expediente hay una parte que recae sobre ti y conviene preparar pronto: acreditar tu cualificación y tu situación personal con documentos de tu país de origen. Cuando vienen en otro idioma, la Administración española los quiere en español, y no en una traducción casera, sino en traducción jurada. Esa parte es la nuestra.
Un aviso por delante: esta página no es una guía legal del trámite. Los requisitos exactos, la documentación y los plazos los fija la Oficina de Extranjería o la UGE; confírmalos siempre con tu empleador, tu abogado o la propia sede electrónica. Aquí resolvemos las traducciones.
Qué documentos hay que traducir de forma jurada
No todo el expediente necesita traducción, pero los documentos que de verdad pesan casi siempre sí. Los habituales son estos:
- Título universitario o de formación, cuando el puesto exige una cualificación concreta. Si la profesión está regulada en España, además de traducir hará falta homologar el título; son dos trámites distintos y la traducción jurada es el primer paso de ambos.
- Certificados profesionales o de habilitación que acrediten que estás capacitado para el puesto: colegiación, licencias, certificaciones del sector.
- Certificado de antecedentes penales, apostillado, de los países donde hayas residido los últimos cinco años. Según el país será el del FBI en Estados Unidos, el ACRO en Reino Unido o el bulletin n.º 3 (B3) del casier judiciaire en Francia. La apostilla se traduce junto al certificado, en el mismo documento.
- Certificados de experiencia laboral o cartas de empleadores anteriores, cuando hay que justificar los años de actividad en tu profesión.
Conviene tener clara una cosa. La traducción jurada que firma un traductor habilitado por el MAEC tiene validez oficial en España, que es donde se tramita la autorización. No acredita nada ante administraciones de otros países. Lo que cruza fronteras es la apostilla de tus documentos; la traducción la pide la Administración española, y la encargas aquí. Y el orden importa: primero se apostilla, después se traduce, porque la apostilla forma parte del documento y viaja con él a la traducción.
Cómo lo hacemos en Textualia
Todo es online, sin pisar una oficina. Subes el documento ya apostillado —vale un escaneo o una foto nítida—, eliges el par de idiomas (inglés→español o francés→español) y ves el presupuesto al instante, con el plazo en días laborables españoles. Traduce un traductor jurado habilitado por el MAEC, que sella, firma y certifica que la traducción es fiel al original.
Por defecto te entregamos un PDF con firma electrónica, válido en las presentaciones telemáticas de Extranjería y cómodo de adjuntar al expediente. ¿Que en algún punto te piden papel? También lo emitimos en papel timbrado del Estado y te lo enviamos a casa. Eliges el formato según lo que necesites: uno, otro o los dos.
Respetamos la terminología y el formato del original. Nombres, fechas, sellos, números de colegiado y la apostilla quedan reflejados con precisión, porque un apellido mal transcrito en un certificado de antecedentes o una titulación mal traducida pueden frenar todo el expediente. Y si tu nombre figura en el documento en un orden distinto al de tu pasaporte o tu NIE, añadimos una nota del traductor que enlaza ambas identidades: es uno de los motivos de devolución más típicos, y lo dejamos resuelto de antemano.
Por qué Textualia
Porque hacemos solo esto y lo hacemos rápido. Reconocemos de un vistazo un certificado del FBI, un ACRO, un B3 francés o un título extranjero, y sabemos qué espera ver Extranjería en cada uno. El precio se calcula por palabras, con IVA incluido, y lo conoces antes de encargar nada. Sin letra pequeña.
Un expediente de trabajo va coordinado con tu empleador y con fechas que aprietan: la oferta tiene su vigencia, el consulado da su cita y a nadie le sobra el tiempo. Por eso tienes urgencia 24h o 12h cuando el plazo lo exige, y una persona de verdad al otro lado cuando surja la duda. No damos asesoramiento jurídico ni decidimos si la autorización sale adelante; de eso se ocupan tu empresa, tu abogado o la propia Oficina de Extranjería. Lo que garantizamos es que la pieza que depende de nosotros, la traducción jurada, llegue impecable, a tiempo y en el formato correcto.
Reúne tus documentos, comprueba que llevan la apostilla y pídenos la traducción jurada. Te devolvemos tu parte del expediente lista para presentar.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Qué documentos del visado de trabajo necesitan traducción jurada?
Los que vienen de tu país en otro idioma: sobre todo el título o la formación que exige el puesto, los certificados profesionales o de habilitación, y el certificado de antecedentes penales apostillado (FBI, ACRO o B3 según el país). A veces también certificados de experiencia laboral o cartas de empleadores anteriores. Dinos qué tienes y te confirmamos qué conviene traducir.
¿La traducción jurada de Textualia vale ante Extranjería?
Sí. La firma un traductor jurado habilitado por el MAEC, con validez oficial en España, que es donde se tramita la autorización de residencia y trabajo. Te la damos en PDF con firma electrónica para las presentaciones telemáticas y, si te piden papel, en papel timbrado del Estado enviado a tu domicilio. Esa validez es para España; ante administraciones de otros países el cauce es distinto.
Si mi profesión está regulada, ¿basta con traducir el título?
No siempre. Para ejercer profesiones reguladas en España (medicina, enfermería, ingeniería, etc.) suele hacer falta homologar el título, un trámite distinto del visado que resuelve el Ministerio. La traducción jurada del título es el primer paso, porque tanto el expediente de trabajo como la homologación lo piden en español. Nosotros preparamos esa traducción; la decisión sobre la homologación es del Ministerio.
¿Tengo que apostillar los documentos antes de traducirlos?
Sí. Primero apostillas el documento en el país que lo emite y luego nos lo mandas ya apostillado. Traducimos el documento y la apostilla juntos, en una sola traducción jurada, para que tu parte del expediente quede completa. Si traduces antes de tener la apostilla, tendrás que volver a pasar por traducción cuando llegue.
¿Cuánto tarda y puedo pedir urgencia?
Depende de la extensión, pero los documentos típicos de este visado son breves y solemos entregarlos en pocos días laborables españoles. Si la cita del consulado o la vigencia de la oferta aprietan, ofrecemos urgencia 24h y 12h. Verás el plazo y el precio antes de confirmar el encargo, sin letra pequeña.
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