Traducción jurada para el visado de residencia no lucrativa
Traducimos al español los documentos extranjeros que te pide el consulado —antecedentes penales, certificado médico, prueba de fondos y seguro— con validez ante la Administración española.
- Traducción jurada oficial con plena validez legal en España
- Válida para trámites ante organismos oficiales en España
- Plazos estándar, urgente y express disponibles · Fecha de entrega exacta antes de pagar
- Tratamiento confidencial de tus documentos
- Correcciones formales incluidas si el organismo lo solicita
Qué es el visado de residencia no lucrativa
Es el permiso para vivir en España sin trabajar aquí. La condición de fondo es sencilla de enunciar y exigente de demostrar: tienes que acreditar medios económicos propios suficientes —rentas, pensión, ahorros— para mantenerte y, si vienes acompañado, mantener también a tu familia. Es la vía de quien se jubila al sol, de quien vive de ingresos pasivos o de quien quiere pasar una temporada larga en España sin depender de un empleo español.
El trámite se inicia en el consulado de España de tu país de residencia, que revisa un paquete documental bastante completo. Los requisitos exactos, los importes y los plazos los marca cada consulado y la Oficina de Extranjería, así que conviene confirmarlos siempre en la fuente oficial. Nosotros no asesoramos sobre el expediente: resolvemos una pieza concreta y obligatoria de él, la traducción jurada al español de todo lo que llega redactado en otro idioma.
Qué documentos hay que traducir de forma jurada
El consulado exige que los documentos extranjeros los traduzca un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español (MAEC). En un expediente de no lucrativa, esto suele afectar a:
- Certificado de antecedentes penales del país o países donde hayas residido, ya apostillado. Según el origen, será el FBI Identity History Summary de Estados Unidos, el ACRO Police Certificate del Reino Unido o el extrait de casier judiciaire B3 en Francia.
- Certificado médico que acredite que no padeces enfermedades con repercusión para la salud pública, conforme al Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Prueba de medios económicos: extractos bancarios, certificados del banco, declaraciones de la renta, justificantes de pensión o de carteras de inversión. Por lo general basta con traducir las páginas que muestran saldos y movimientos relevantes.
- Póliza o certificado de seguro médico privado con cobertura en España, cuando viene emitido en otro idioma.
- Documentos de estado civil y familia si traes dependientes: certificado de matrimonio, certificados de nacimiento de los hijos, autorizaciones notariales.
Un detalle que tumba expedientes: la apostilla forma parte del documento y también se traduce. Apostillas el antecedente penal, traduces solo el certificado y dejas la apostilla en su idioma original… y el consulado te lo devuelve incompleto.
Cómo lo hacemos en Textualia
Todo en línea, de principio a fin, sin pisar una oficina:
- Subes tus documentos ya apostillados en PDF. Vale una foto nítida o un escaneo legible. El precio aparece al instante.
- Confirmamos el plazo ajustándolo a la fecha de tu cita consular. Si vas justo, hay opción urgente.
- Una traductora-intérprete jurada habilitada por el MAEC firma y sella la traducción, fiel al original.
- Entrega en PDF firmado electrónicamente, con plena validez en España. Si tu consulado o Extranjería pide copia en papel, la emitimos en papel timbrado del Estado y te la enviamos por correo.
Todo lo que subes se trata de forma confidencial: tus extractos y datos personales viajan cifrados y no se comparten con nadie.
Por qué Textualia
Para este expediente, la jurada del MAEC es la única que acepta la Administración española. Una certified translation extranjera o una traducción de agencia sin habilitación no sirven, y ese es uno de los motivos de rechazo que más se repiten. Rehacer el paquete a contrarreloj con la cita ya fijada es justo el agujero que se quiere evitar.
Hemos traducido decenas de expedientes de no lucrativa y conocemos el formato que esperan los consulados y Extranjería. Sabemos que la apostilla se traduce, que el certificado médico y el penal caducan pronto y que las prisas con la cita encima salen caras. Por eso te damos plazo claro desde el primer minuto, precio cerrado sin sorpresas y una persona de verdad al otro lado cuando surja la duda.
Reúne tus originales apostillados y solicita la traducción: nos ocupamos de que lleguen al consulado en español, bien hechos y a tiempo.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Qué documentos del visado no lucrativo necesitan traducción jurada?
Todo lo que llega al consulado en otro idioma: el certificado de antecedentes penales (FBI, ACRO o B3 según el país), el certificado médico, los extractos bancarios y demás prueba de fondos, el seguro médico privado y, si traes familia, los certificados de matrimonio y nacimiento. La apostilla de cada documento también se traduce.
¿La traducción jurada del MAEC vale para mi consulado?
Sí. La traducción de un traductor habilitado por el MAEC tiene plena validez ante la Administración española, y es la que exigen los consulados de España y las Oficinas de Extranjería para este expediente. No sustituye a una traducción que otro país pueda pedir para sus propios documentos: aquí nos ocupamos de lo que va dirigido a España.
¿Tengo que traducir todas las páginas de mis extractos bancarios?
Normalmente no. Suele bastar con las páginas que muestran el saldo y los movimientos relevantes, más el encabezado que identifica la cuenta y al titular. Cuéntanos qué pide tu consulado y te orientamos sobre qué páginas incluir antes de cerrar el presupuesto.
¿En cuánto tiempo tendré las traducciones?
El plazo estándar es de unos días laborables y te lo confirmamos al subir los documentos, ajustándolo a tu cita consular. Si vas con el tiempo justo, hay opción urgente. Un consejo: no apostilles el certificado médico ni el penal demasiado pronto, porque suelen caducar en unos meses.
¿Me entregáis la traducción en papel o solo en PDF?
Por defecto, un PDF firmado electrónicamente, con plena validez en España y cómodo para subirlo al portal consular. Si tu consulado o Extranjería pide copia física, la emitimos en papel timbrado del Estado y te la enviamos por correo a tu domicilio.
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