Traducción jurada para el visado de emprendedor (Ley de startups)
Traducimos al español, con validez oficial en España, los documentos extranjeros que pide la UGE: títulos, antecedentes penales y la documentación de tu proyecto. Presupuesto al instante y entrega en PDF firmado.
- Traducción jurada oficial con plena validez legal en España
- Válida para trámites ante organismos oficiales en España
- Plazos estándar, urgente y express disponibles · Fecha de entrega exacta antes de pagar
- Tratamiento confidencial de tus documentos
- Correcciones formales incluidas si el organismo lo solicita
Qué es el visado de emprendedor
Este visado permite residir en España para sacar adelante un proyecto innovador y con interés económico para el país. Su base está en la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y en la Ley 28/2022, conocida como Ley de startups. La solicitud la tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), que pide a ENISA un informe sobre el carácter emprendedor del proyecto.
A diferencia de otros trámites de extranjería, aquí pesa mucho el fondo: tu perfil profesional, el plan de negocio, la financiación prevista y lo que aportas a la economía española. Y como buena parte de esa documentación llega de fuera, la Administración necesita poder leerla en español sin ambigüedades. Para eso sirve la traducción jurada.
Qué documentos hay que traducir de forma jurada
No hay una lista única, porque cada expediente es distinto y los requisitos los fija la propia UGE. Aun así, estos son los documentos extranjeros que con más frecuencia piden traducción jurada al español:
- Certificado de antecedentes penales del país o países donde hayas vivido, normalmente legalizado o apostillado. Por ejemplo, el FBI Identity History Summary en Estados Unidos, el certificado ACRO en el Reino Unido o el bulletin n.º 3 del casier judiciaire en Francia.
- Títulos universitarios y certificados académicos que acrediten tu formación, casi siempre apostillados.
- Documentación del proyecto y plan de negocio cuando el original está en otro idioma: descripción de la actividad, proyecciones, acuerdos o contratos relevantes.
- Documentación financiera que respalde la inversión o tus medios económicos, si viene en lengua extranjera.
- Certificados profesionales o de experiencia que sostengan tu perfil de cara a la valoración del proyecto.
Conviene recordar algo que confunde a mucha gente: la apostilla de La Haya no traduce nada. Solo certifica la firma de la autoridad que emitió el documento. El texto extranjero, y a menudo la propia apostilla, tienen que traducirse aparte.
Sobre la validez, sé directo: nuestras traducciones las firma un traductor habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC) y tienen validez oficial en España, que es donde presentas este visado. No certificamos su validez ante administraciones de otros países.
Cómo lo hacemos en Textualia
Todo es online y está pensado para que no pierdas tiempo. Subes los documentos escaneados —o una foto nítida—, eliges el par de idiomas y ves el precio antes de pagar. Para el presupuesto no hace falta registrarse.
La traducción la realiza un traductor jurado habilitado por el MAEC. La entregamos por defecto en PDF con firma electrónica, que la mayoría de organismos aceptan sin problema, incluida la tramitación electrónica de la UGE. Si en tu caso te piden papel, también la emitimos en papel timbrado del Estado y te la enviamos a casa.
Respetamos el formato del original: sellos, apostillas, firmas y notas al margen quedan reflejados en la traducción, para que tu expediente sea coherente y fácil de revisar.
Por qué Textualia
Porque unimos rigor jurídico y rapidez. Trabajamos a diario con documentación de extranjería y conocemos cómo se presentan los antecedentes del FBI, los certificados ACRO o el bulletin francés. Así la traducción encaja con lo que espera la Administración, sin sorpresas de última hora.
El precio es cerrado y lo ves antes de contratar, sin cargos ocultos, con un plazo claro. ¿Tienes prisa? Hay opciones de urgencia. Y si dudas sobre qué documentos traducir, escríbenos: te orientamos en la parte lingüística, aunque la decisión final sobre los requisitos del expediente siempre es de la UGE.
Cuando lo tengas claro, solicita tu traducción jurada y ten los documentos en español, firmados y listos para presentar.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas
¿Qué documentos del visado de emprendedor necesitan traducción jurada?
Por regla general, todo documento extranjero que no esté en español: el certificado de antecedentes penales, los títulos universitarios y, cuando el original viene en otro idioma, el plan de negocio y la documentación financiera o profesional del proyecto. La lista exacta depende de tu expediente y la fija la UGE.
¿La traducción jurada del MAEC vale para presentar el visado en España?
Sí. Nuestras traducciones las firma un traductor jurado habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y tienen validez oficial en España, que es donde se tramita este visado ante la UGE. No certificamos su validez ante administraciones de otros países.
Mi certificado de antecedentes penales está apostillado, ¿hace falta traducirlo igualmente?
Sí. La apostilla solo certifica la firma de la autoridad que emitió el documento; no traduce su contenido. El texto del certificado y, normalmente, la propia apostilla deben traducirse al español por un traductor jurado.
¿Me entregáis la traducción en papel o solo en PDF?
Por defecto entregamos un PDF con firma electrónica, aceptado en la tramitación electrónica habitual. Si en tu caso piden copia en papel, la emitimos también en papel timbrado del Estado y te la enviamos a tu domicilio.
¿Cuánto tarda y cuánto cuesta la traducción jurada?
Verás el precio cerrado al instante al subir los documentos, antes de pagar y sin registrarte. El plazo depende del volumen; te lo confirmamos al hacer el pedido y tenemos opciones de urgencia si las necesitas.
¿Listo para empezar?
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