Textualia

Traducción jurada para el registro de pareja de hecho

Traducimos al español los documentos extranjeros que pide el registro de parejas de hecho —certificado de estado civil, de nacimiento y de empadronamiento—, con validez ante la Administración española.

Traductores juradosHabilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Traducción jurada oficial con plena validez legal en España
  • Válida para trámites ante organismos oficiales en España
  • Plazos estándar, urgente y express disponibles · Fecha de entrega exacta antes de pagar
  • Tratamiento confidencial de tus documentos
  • Correcciones formales incluidas si el organismo lo solicita
Habilitados por el Ministerio5.0 en GooglePago seguro Stripe

Qué es el registro de pareja de hecho

La pareja de hecho es la unión estable de dos personas que conviven sin estar casadas y deciden dejar constancia oficial de esa relación. No es un matrimonio, pero abre la puerta a derechos que importan en el día a día: permisos laborales, pensión de viudedad en algunos supuestos, ventajas fiscales según la comunidad e incluso facilidades en los trámites de residencia para la pareja extranjera de un ciudadano de la UE.

La inscripción se hace en el registro autonómico de parejas de hecho —o en el municipal, según dónde vivas—, y cada comunidad pone sus propias condiciones: tiempo mínimo de convivencia, empadronamiento conjunto, edad, ausencia de vínculo matrimonial previo. Conviene tener claro un detalle desde el principio. Casi siempre hay que demostrar que ninguno de los dos está casado ni unido a otra persona, y cuando esos certificados vienen de fuera de España, el registro los quiere en español y en traducción jurada.

Esta página no es una guía legal del trámite. Los requisitos, los plazos y la documentación exacta los marca tu comunidad autónoma o tu ayuntamiento, así que confírmalos siempre en la fuente oficial. Lo que resolvemos nosotros es la pieza que nos toca: la traducción.

Qué documentos hay que traducir de forma jurada

No todo el expediente está en otro idioma, pero los documentos que llegan de fuera casi siempre exigen traducción jurada al español. Los habituales en un registro de pareja de hecho son estos:

  • Certificado de estado civil o de soltería, el más importante. Acredita que no estás casado ni tienes otra pareja registrada. Según el país tendrá otro nombre —certificate of no impediment, certificat de célibat—, pero la finalidad es la misma.
  • Certificado de nacimiento, que el registro suele pedir para confirmar identidad, edad y filiación.
  • Certificado de empadronamiento o de residencia del país de origen, cuando hay que acreditar el domicilio anterior o la convivencia previa fuera de España.
  • Sentencia de divorcio o certificado de defunción del cónyuge anterior, si has estado casado, para demostrar que ese vínculo ya no existe.
  • Pasaporte o documento de identidad, cuando contiene datos que no están en alfabeto latino.

Hay un detalle que frena expedientes: muchos de estos documentos llevan apostilla de La Haya, y la apostilla forma parte del documento, así que se traduce con él, en la misma traducción jurada. Si traduces solo el certificado y dejas la apostilla en su idioma, el registro puede devolvértelo incompleto.

Sobre la validez, mejor no confundirse. La traducción jurada que firma un traductor habilitado por el MAEC tiene validez oficial en España, que es donde inscribes tu pareja de hecho. Lo que cruza fronteras es la apostilla de tu documento de origen; la traducción la encargas porque la pide la Administración española, aquí.

Cómo lo hacemos en Textualia

Todo es online, sin pisar una oficina. Subes el documento escaneado o una foto nítida, eliges el par de idiomas (inglés→español o francés→español) y ves el precio al instante. Traduce un traductor jurado habilitado por el MAEC, que sella, firma y certifica que la traducción es fiel al original.

Por defecto te entregamos un PDF con firma electrónica, cómodo para adjuntar al expediente y admitido en las presentaciones telemáticas. ¿Tu registro o tu ayuntamiento pide copia física? También la emitimos en papel timbrado del Estado y te la enviamos a casa. Tú eliges: uno, el otro o los dos.

Respetamos la terminología y el formato del original. Nombres, fechas, sellos y apostilla quedan reflejados con precisión, porque un dato que no coincide con tu pasaporte o una fecha mal transcrita pueden bastar para que te devuelvan la solicitud.

Por qué Textualia

Porque hacemos solo esto. Reconocemos de un vistazo un certificate of no impediment británico o un certificat de célibat francés, y sabemos qué espera ver un registro español en cada uno. Si los dos miembros de la pareja aportáis documentos, los tratamos juntos para que lleguéis al registro con todo en orden y en el mismo formato.

Vas con todo claro desde el principio: precio cerrado al subir el documento, IVA incluido, sin letra pequeña. Se factura una página por cada 250 palabras, con un mínimo de 35 € por encargo, y tienes opción de urgencia 24h o 12h si la cita te aprieta.

No damos asesoramiento jurídico ni decidimos si tu inscripción sale adelante: de eso se ocupa tu registro autonómico o tu ayuntamiento. Lo que sí garantizamos es que la traducción jurada llegue impecable, a tiempo y en el formato correcto.

Reúne tus documentos, comprueba si llevan apostilla y pídenos la traducción jurada. Te devolvemos tu expediente listo para presentar.

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus dudas

¿Qué documentos de la pareja de hecho necesitan traducción jurada?

Los que vienen del extranjero en otro idioma: sobre todo el certificado de estado civil o de soltería, el de nacimiento y, según el caso, el de empadronamiento, la sentencia de divorcio o el certificado de defunción de un cónyuge anterior. Si el documento lleva apostilla, esta se traduce con él. La lista exacta la marca tu registro autonómico o tu ayuntamiento; nosotros traducimos lo que te pidan.

¿La traducción jurada de Textualia vale para el registro de parejas de hecho?

Sí. La firma un traductor jurado habilitado por el MAEC, con validez oficial en España, que es donde inscribes tu pareja de hecho. Te la entregamos en PDF con firma electrónica y, si tu registro o ayuntamiento pide papel, en papel timbrado del Estado. Ten en cuenta que esa validez es para España: no certifica nada ante administraciones de otros países.

¿Hay que apostillar los documentos antes de traducirlos?

Por lo general sí, sobre todo el certificado de estado civil y el de nacimiento. La apostilla la pone la autoridad que emite el documento en tu país. Lo recomendable es apostillar primero y traducir después, para que la apostilla quede incluida en la traducción jurada y el expediente llegue completo. Confirma con tu registro si la exige en tu caso.

Somos dos, ¿hay que traducir los documentos de ambos?

Normalmente cada miembro de la pareja aporta sus propios certificados —estado civil, nacimiento y los que correspondan—, así que se traducen los de los dos. Si los dos venís del extranjero, podemos tratar todos los documentos en un mismo encargo para que el precio y el plazo te queden claros de una vez. Cuéntanos qué tenéis y te orientamos.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la traducción?

El precio sale al instante al subir el documento: se factura por páginas (cada 250 palabras), con un mínimo de 35 € por encargo e IVA incluido. Los certificados de este trámite son breves y solemos entregarlos en pocos días. Si tienes la cita cerca, hay opción de urgencia 24h o 12h. Verás el plazo y el precio antes de confirmar.

¿Listo para empezar?

Sube tu documento y recibe el presupuesto al instante. Sin registro previo.

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